Cómo heredar legalmente sin ir al notario
Al menos en España la figura del notario es casi mítica, en el sentido de que parece que todo pasa por sus manos, aparte de esa ¿leyenda? de lo bien que vive y cobra un notario, a pesar de la dureza de las oposiciones. Pero eso de que “vives mejor que un notario” será por algo. Sin embargo, primero hay países como el vecino Portugal donde no son necesarios, y los trámites los hacen los abogados, sin más; y segundo, verás como no para todo hay que echar mano de sus caros servicios, como por ejemplo lo que no imaginarías nunca: heredar. Te contamos cómo.
EL TESTAMENTO Y LA HERENCIA
La pérdida de seres queridos suele ser dura, pero tampoco ayuda luego el tener que estar en mil papeleos y quebraderos de cabeza legales para todo tipo de trámites: certificados, testamentos, condiciones de herencia, etc. A todo ello se suma la contratación a veces de asesoría legal y posteriormente el pago de un notario para dar fe y legalidad a todo lo realizado y viene por delante. Pero resulta que en España se puede hacer testamento válido para una herencia sin necesidad de recurrir a sus servicios. Parece ciencia-ficción en un país tan burocratizado, pero es así.
¿POR QUÉ SE ACUDE A UN NOTARIO?
Nos referimos en este caso particular, sin entrar en otros muchos donde su presencia y servicios son imprescindibles, para bien o para mal. Cuando se redacta un testamento, lo más habitual es ir al notario para dejar todo recogido, con garantías y con la voluntad de testador. Con ello te aseguras que se conserve todo en el Registro de Últimas Voluntades.
Tan solo es necesario tu DNI, sin testigos ni más condicionantes. Eso sí, para ello deberás abonar de media 50 euros, que pueden llegar a los 80 euros en virtud de los casos y complejidad. Sin embargo…
¿SEGURO QUE PUEDO PRESCINDIR DE ÉL?
Pues sí. Así lo dice la ley, en los artículos 688 a 694 del Código Civil regulan los testamentos ológrafos, que es el tipo de documento que se debe de usar en este caso. Con esto, como se suele decir, “tú te lo guisas y te lo comes”, ahorrándote los servicios de un tercero, y lo que es más importante, el dinero. Veamos los requisitos y pasos para ello…
CÓMO HACER TÚ MISMO DE “NOTARIO”
Lo primero, lógicamente, es ser mayor de edad y el que rellene el testamento ológrafo debe de dejar clara su voluntad por escrito y de su propia mano. Igualmente hay que dejar constancia a mano de la fecha, la hora y desde el lugar en el que se está haciendo.
Todo ello debe de quedar firmado por el testador, con una firma clara, sin manchas, sellos, huellas…, así que procura que todo quede guardado en un sobre.
MÁS CONDICIONES A TENER EN CUENTA
¿Y si soy extranjero? Pues si el español no es tu idioma nativo puede usar tu lengua materna, con igual validez. Eso sí, cuidado de no escribir nada tras plasmar la firma, ya que el testamento ya no tendrá validez.
¿Y una vez hecho? Pues como vemos no hará falta la presencia de ningún notario, con lo que tendrá la parte mala de que no hay asesoramiento o indicación legal alguna, ante dudas o problemas que pudieran surgir.
EL DOCUMENTO SIN EL NOTARIO
Una vez listo el documento, hay que esperar si es aceptado o no. De cualquier forma, los interesados pueden ejercer sus derechos en juicio si no están conformes con el escrito. Un perito será el encargado de realizar las pruebas pertinentes para comprobar la autenticidad y validez del documento ológrafo.
A CUENTAS CON LA LEGALIDAD
España es un país que para algunos tiene fama de rebeldía, pero otros consideran todo lo contrario. Y se basan en que no somos un país, aunque pueda parecer lo contrario, que se queje mucho, al menos en los cauces adecuados, no hablamos de un bar o en una comida familiar. Todo lo contrario que en países como Estados Unidos, donde un resbalón en la calle de un ciudadano casi seguro acabe en querella y le indemnicen si la culpa fue del mantenimiento público, por poner un ejemplo. Pero hay más casos…
MÁS ALLÁ DE NOTARIOS
Hablamos de las leyes en general y de su aplicación. Los españoles nos quejamos mucho que no se aplican las leyes o de excesiva burocracia, pero lo cierto es que nos cuesta incluso pagar 50 euros a un asesor fiscal y ahorrarnos mucho más en una Declaración de la Renta que igual estaba errónea y te salía a pagar en vez de a devolver. No nos molestamos mucho, y la queja viene antes que la prevención y la información.
Por ello cada vez son más la asociaciones de consumidores o asesores que conminan a curarse en salud y, si por uno mismo no nos informamos bien de la ley, derechos y obligaciones, al menos piden que consultemos con un experto y verás como igual no es necesario no solo prescindir de los servicios de un notario, sino ahorrar un montón de dinero fiscalmente, como consumidor, etc.
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